36NICRMO16 Datos del material
Un total de 2 registros de origen. Se enumeran por separado las diferentes normas, versiones y condiciones; que el grado sea el mismo no significa que los materiales sean directamente sustituibles.
La fracción en masa y el tipo de análisis se rigen por la descripción de cada origen. Los elementos faltantes no se considerarán como 0; los valores típicos del fabricante, los valores garantizados por la norma y los valores reales medidos por colada no pueden mezclarse. Para cálculos y selección de condiciones, acceda a la selección de materiales.
Abrir la selección de condiciones, la comparación y el equivalente de carbono de 36NICRMO16 →36NiCrMo16 · DIN EN 10083-3-2007
Se ha verificado la fuente de la composición química; esto no significa que se hayan verificado todas las cláusulas de la norma, el suministro real o los resultados medidos de la colada.
- Forma del producto
- Registro de documentación de referencia
- Descripción del estado del registro original
- Texto original de la norma verificado
- Edición de la norma
- DIN EN 10083-3-2007
- Ubicación de la tabla
- Table3 y nota a–c
- Páginas del archivo PDF
- 1、18
Referencia del carbono equivalente
Registro de composición
| elemento | Requisitos de composición |
|---|---|
| C | 0.32 ~ 0.39 |
| Mn | 0.5 ~ 0.8 |
| S | ≤ 0.025 (límite inferior no indicado) |
| Cr | 1.6 ~ 2.0 |
| Mo | 0.25 ~ 0.45 |
| Ni | 3.6 ~ 4.1 |
| Si | ≤ 0.4 (límite inferior no indicado) |
| P | ≤ 0.025 (límite inferior no indicado) |
Límites de aplicación
La composición se basa en la tabla 3 de EN10083-3:2006 del texto oficial en inglés de DIN EN10083-3:2007-01; análisis de colada wt%; Nota a: no se añaden intencionadamente elementos no enumerados sin consentimiento del comprador, salvo para completar la elaboración del acero o permitir el efecto del boro sobre la templabilidad; La ausencia de especificación no se trata como cero; Nota b: cuando se exige templabilidad o propiedades mecánicas en estado templado y revenido, se permiten pequeñas desviaciones, excepto para C/P/S; las demás no deben superar la tabla 4; Por defecto no se amplía el intervalo del análisis de colada; Nota c de esta norma para aceros sin boro: puede suministrarse bajo pedido acero con maquinabilidad mejorada, con azufre de aproximadamente 0.10% y un incremento del máximo de Mn de 0.15%; El valor aproximado no es un máximo estricto predeterminado; debe definirse en la consulta y el pedido, sin incorporarse automáticamente a los grados ordinarios; Esta norma corresponde a aceros aleados para temple y revenido; la aptitud para recalcado en frío, suministro de alambrón, recocido, superficie y dimensiones requieren confirmación separada; no se añaden productos automáticamente.
Notas de verificación
Verificación visual de la portada del texto original inglés oficial, todas las 28 designaciones de la tabla 3 y nota a–cDesviación admisible del análisis de producto (no puede extenderse al análisis de colada)
DIN EN10083-3:2007-01 (adopta EN10083-3:2006) · Tabla 4 y notas a/b, 7.1.2.2; análisis de producto solicitado en el pedido según A.5 · PDF, páginas 11, 19, 55 · Fracción másica wt%; desviaciones expresadas en puntos porcentuales del porcentaje en masa
Tabla completa de desviaciones admisibles de la norma, aplicable solo a los elementos especificados para este grado en la tabla original y a las correspondientes condiciones de contenido / intervalo de azufre; no amplía los intervalos de composición de colada, equivalente de carbono ni búsqueda inversa.
| elemento | Contenido máximo del análisis de colada especificado wt% | Desviación inferior en puntos porcentuales | Desviación superior en puntos porcentuales | Condiciones de aplicación |
|---|---|---|---|---|
| C | ≤0.55 | -0.02 | +0.02 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Si | ≤0.40 | La tabla original no enumeraba la desviación negativa | +0.03 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Mn | ≤1.00 | -0.04 | +0.04 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Mn | >1.00≤1.70 | -0.05 | +0.05 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| P | ≤0.025 | La tabla original no enumeraba la desviación negativa | +0.005 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| S | ≤0.040 | La tabla original no enumeraba la desviación negativa | +0.005 | Solo se especifica el límite superior de azufre; no se aplica el intervalo completo 0.020–0.040% de la nota b |
| Cr | ≤2.00 | -0.05 | +0.05 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Cr | >2.00≤2.20 | -0.1 | +0.1 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Mo | ≤0.30 | -0.03 | +0.03 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Mo | >0.30≤0.60 | -0.04 | +0.04 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Ni | ≤2.00 | -0.05 | +0.05 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| Ni | >2.00≤4.3 | -0.07 | +0.07 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| V | ≤0.25 | -0.02 | +0.02 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| B | ≤0.0050 | -0.0003 | +0.0003 | Seleccione el tramo del contenido máximo especificado para el análisis de colada en la tabla original. |
| S | ≤0.040 | -0.005 | +0.005 | Solo cuando el análisis de colada de la tabla 3 especifique expresamente el intervalo completo S=0.020–0.040% (tabla 4, nota b) |
- Tabla 4, nota a: para una misma colada, la desviación ± solo puede superar el límite superior o quedar por debajo del inferior en una sola dirección, no en ambas simultáneamente.
- S generalmente solo +0.005; solo para aceros donde el análisis de colada especifique explícitamente el rango completo de 0.020–0.040%, la nota b permite ±0.005; no se debe aplicar la nota b basándose únicamente en el contenido máximo de S.
- 7.1.2.2 establece que el análisis de producto debe especificarse en el pedido y se rige por separado por A.5; sin un informe de mediciones reales de la colada, esta tabla no demuestra la conformidad real del producto.
- A.5 un análisis de producto por colada, analizando únicamente los elementos especificados para este grado de acero; muestreo EN ISO14284, el método de referencia para disputas según las normas europeas enumeradas en CR10261.
Se presenta la tabla completa de desviaciones de la norma; no implica que todos los elementos estén especificados para esta designación y no permite incorporar elementos no enumerados. Para una misma colada, la desviación simétrica solo se admite en una dirección: hacia arriba o hacia abajo. La desviación asimétrica de Pb solo figura en la fila Pb de EN10087 y no se aplica a otras normas que no incluyan Pb. No se amplían automáticamente los límites del análisis de colada, del carbono equivalente ni de la búsqueda inversa.
36NiCrMo16 · EN 10250-3-1999
Se ha verificado la fuente de la composición química; esto no significa que se hayan verificado todas las cláusulas de la norma, el suministro real o los resultados medidos de la colada.
- Familia de materiales
- Acero aleado
- Subcategoría
- Acero aleado
- Forma del producto
- Registro de documentación de referencia
- Descripción del estado del registro original
- Texto original de la norma verificado
- Edición de la norma
- EN 10250-3-1999
- Ubicación de la tabla
- Table1 y notas 1/2; cláusulas 1, 3.1 y 3.2
- Páginas del archivo PDF
- 6、8、9
Referencia del carbono equivalente
Registro de composición
| elemento | Requisitos de composición |
|---|---|
| C | 0.32 ~ 0.39 |
| Si | ≤ 0.4 (límite inferior no indicado) |
| Mn | 0.3 ~ 0.6 |
| P | ≤ 0.03 (límite inferior no indicado) |
| S | ≤ 0.025 (límite inferior no indicado) |
| Cr | 1.6 ~ 2.0 |
| Mo | 0.25 ~ 0.45 |
| Ni | 3.6 ~ 4.1 |
Límites de aplicación
Según la tabla 1 y las notas del original EN10250-3:1999 incluido en BS EN10250-3:2000; análisis de colada, fracción másica wt%; Esta norma se aplica a piezas de forja libre, barras forjadas y productos laminados en anillo tras una preforja, de aceros especiales aleados suministrados en estado de temple y revenido; No se reconoce automáticamente como norma de suministro de alambre para recalcado en frío; La nota 1 de la tabla 1 permite al fabricante añadir Al, Ti, V y Nb, solos o combinados, para controlar el grano; No se proporcionan intervalos numéricos adicionales; no deben asignarse ceros ni límites superiores arbitrarios; Sin el consentimiento del comprador, no deben añadirse intencionadamente elementos no enumerados en la tabla 1/2 (salvo los necesarios para completar la elaboración de la colada); 3.1 exige que la composición de colada siga la tabla 1 y remite a A.7/A.8 de EN10250-1; 3.2: las desviaciones admisibles del análisis de producto siguen por separado la tabla 2 y el apartado 9.2 de EN10250-1, sin ampliar directamente el intervalo de colada predeterminado; Por ahora solo se han confirmado la composición química, la correspondencia entre designaciones y números de acero, y las notas relacionadas con los intervalos; No se afirma haber completado la verificación de todas las propiedades mecánicas ni de la parte 1 citada.