17SMN20 Datos del material
Un total de 2 registros de origen. Se enumeran por separado las diferentes normas, versiones y condiciones; que el grado sea el mismo no significa que los materiales sean directamente sustituibles.
La fracción en masa y el tipo de análisis se rigen por la descripción de cada origen. Los elementos faltantes no se considerarán como 0; los valores típicos del fabricante, los valores garantizados por la norma y los valores reales medidos por colada no pueden mezclarse. Para cálculos y selección de condiciones, acceda a la selección de materiales.
Abrir la selección de condiciones, la comparación y el equivalente de carbono de 17SMN20 →17SMn20 · EN ISO 683-4-2018
Se ha verificado la fuente de la composición química; esto no significa que se hayan verificado todas las cláusulas de la norma, el suministro real o los resultados medidos de la colada.
- Familia de materiales
- Acero de fácil mecanizado
- Subcategoría
- Acero de fácil mecanizado
- Forma del producto
- Productos semielaborados, barras y alambrón de acero de fácil mecanizado; consulte las condiciones de estado de suministro y dimensiones
- Descripción del estado del registro original
- Texto original de la norma verificado
- Edición de la norma
- EN ISO 683-4:2018
- Ubicación de la tabla
- Table 2 and notes a–c; Table 3; 1,6.3,7.1,7.3
- Páginas del archivo PDF
- 1、5、7、10、13、14、15
- Unidad
- Fracción en masa (wt%)
- Tipo de análisis
- Análisis de colada
Referencia del carbono equivalente
Registro de composición
| elemento | Requisitos de composición |
|---|---|
| C | 0.14 ~ 0.2 |
| Si | ≤ 0.4 (límite inferior no indicado) |
| Mn | 1.2 ~ 1.6 |
| P | ≤ 0.06 (límite inferior no indicado) |
| S | 0.15 ~ 0.25 |
Límites de aplicación
Según el texto oficial de EN ISO683-4:2018; la versión realmente consultada es DIN EN ISO683-4:2018-09; El prólogo europeo confirma la adopción sin modificaciones de ISO683-4:2016; 2018 es el año de la edición adoptada por EN, mientras que la edición ISO adoptada sigue siendo la de 2016; El alcance incluye semiproductos, barras y alambrón de los aceros de fácil mecanización de la tabla 2; Para barras brillantes se consulta por separado ISO683-18; no se confunden automáticamente distintas normas de producto; La tabla 2 corresponde al análisis de colada; Las desviaciones admisibles del análisis de producto de la tabla 3 se verifican por separado solo cuando se exigen en el pedido; en una misma colada, las desviaciones ± no exceden simultáneamente ambos extremos; Los grados con Pb y sin Pb se registran por separado; los guiones no se completan con 0; El valor predeterminado de bajo Si del grupo sin tratamiento térmico se mantiene separado del Si0.10–0.40% acordado bajo garantía especial sobre óxidos; Para P se seleccionan por separado el máximo predeterminado 0.11%, el intervalo acordado 0.06–0.11% o el máximo acordado 0.05%; las condiciones de acuerdo no se aplican automáticamente; No se añaden intencionadamente elementos no enumerados sin consentimiento del comprador (salvo para completar la elaboración de la colada); Las adiciones de Ca, Se y Te para mejorar la maquinabilidad requieren acuerdo y declaración en el documento de inspección; no se calcula un carbono equivalente completo con datos ausentes; Tabla 1: el estado sin tratar +U se aplica a semiproductos, barras y alambrón; El estado de suministro +QT solo se aplica a las barras enumeradas en la tabla 1; Las propiedades de referencia acordadas para productos sin tratar, alcanzables tras tratar térmicamente una probeta, no significan que el alambrón se suministre ya templado y revenido; Se separan la dureza en estado +U y la resistencia a la tracción utilizada para resolver controversias de las tablas 4–6; En caso de controversia se juzga según la resistencia a la tracción; las propiedades posteriores al temple y revenido no sustituyen las del estado de suministro sin tratar; Para 35SMn20/35SMnPb20, la tabla 6 no da valores en el primer y último intervalo de diámetro del estado +QT; los guiones no se completan con 0 ni se extrapolan desde diámetros adyacentes; Se conservan los paréntesis originales de la dureza de los dos primeros intervalos del grupo 44SMn28; su significado y alcance de garantía requieren verificación separada; Las probetas de tracción siguen la tabla 7 y ISO6892-1, con longitud de referencia proporcional L0=5.65√S0; La posición de muestreo, la sección, el lote de inspección y los documentos de inspección se verifican por separado; Según 7.3, normalmente no se recomienda soldar aceros de fácil mecanización con altos contenidos de S/P; La aptitud para recalcado u otro conformado en frío debe confirmarse también con el material real y los acuerdos; la búsqueda de materiales no garantiza aptitud de procesado ni suministro.
Notas de verificación
Se han verificado la tabla 2 de EN ISO683-4:2018 y las condiciones del acuerdo P/Si; la versión adoptada en ISO es 2016, consulte las propiedades según el estado de suministro y el diámetro seleccionados.Reglas de aplicación de las desviaciones del análisis de producto
- Tabla de origen
- Table 3
- Tipo de análisis
- Solo análisis de producto
- C
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.3
- Desviación positiva admisible
- 0.02
- Desviación negativa admisible
- 0.02
- El límite superior del análisis de colada es mayor que
- 0.3
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.5
- Desviación positiva admisible
- 0.03
- Desviación negativa admisible
- 0.03
- Si
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.05
- Desviación positiva admisible
- 0.01
- Desviación negativa admisible
- 0.01
- El límite superior del análisis de colada es mayor que
- 0.05
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.4
- Desviación positiva admisible
- 0.03
- Desviación negativa admisible
- 0.03
- Mn
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 1.0
- Desviación positiva admisible
- 0.04
- Desviación negativa admisible
- 0.04
- El límite superior del análisis de colada es mayor que
- 1.0
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 1.7
- Desviación positiva admisible
- 0.06
- Desviación negativa admisible
- 0.06
- P
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.06
- Desviación positiva admisible
- 0.008
- Desviación negativa admisible
- 0.008
- El límite superior del análisis de colada es mayor que
- 0.06
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.11
- Desviación positiva admisible
- 0.02
- Desviación negativa admisible
- 0.02
- S
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.33
- Desviación positiva admisible
- 0.03
- Desviación negativa admisible
- 0.03
- El límite superior del análisis de colada es mayor que
- 0.33
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.4
- Desviación positiva admisible
- 0.04
- Desviación negativa admisible
- 0.04
- Pb
- El contenido máximo del análisis de colada no excede
- 0.35
- Desviación positiva admisible
- 0.03
- Desviación negativa admisible
- 0.02
- Se permiten simultáneamente desviaciones positivas y negativas para una misma colada
- No
- Se utiliza para flexibilizar los requisitos del análisis de colada
- No
17SMn20 · DIN EN 10277:2018-09
Tabla original del apéndice informativo verificada; composición normativa oficial y versión pendientes de verificación, solo para referencia
- Familia de materiales
- Acero al carbono
- Subcategoría
- Acero de fácil mecanizado
- Forma del producto
- Registro de documentación de referencia
- Naturaleza de los datos de composición
- Análisis de colada del apéndice informativo, solo para referencia
- Estado de verificación
- Tabla original del apéndice informativo verificada; composición normativa oficial y versión pendientes de verificación
- Edición de la norma
- DIN EN 10277:2018-09
- Ubicación de la tabla
- Apéndice informativo A.2
- Páginas del archivo PDF
- 44
- Unidad
- Fracción de masa wt%
- Tipo de análisis
- Análisis de colada (referencia informativa)
Referencia del carbono equivalente
Registro de composición
| elemento | Requisitos de composición |
|---|---|
| C | 0.14 ~ 0.2 |
| Si | ≤ 0.4 (límite inferior no indicado) |
| Mn | 1.2 ~ 1.6 |
| P | ≤ 0.06 (límite inferior no indicado) |
| S | 0.15 ~ 0.25 |
Límites de aplicación
La tabla original del anexo informativo se ha verificado y es solo de referencia. La cláusula 7.1.2 del cuerpo principal exige determinar la composición química según las normas citadas; la composición normativa formal y las ediciones aplicables aún requieren verificación. No debe utilizarse como garantía de suministro, criterio de identificación inversa del grado ni base para el equivalente de carbono de los intervalos normativos.
Condiciones de composición
- La tabla original del anexo informativo se ha verificado y es solo de referencia. La cláusula 7.1.2 del cuerpo principal exige determinar la composición química según las normas citadas; la composición normativa formal y las ediciones aplicables aún requieren verificación. No debe utilizarse como garantía de suministro, criterio de identificación inversa del grado ni base para el equivalente de carbono de los intervalos normativos.
- Los elementos no enumerados no deben añadirse intencionadamente sin el consentimiento del comprador; la adición de Ca/Se/Te y similares para mejorar la maquinabilidad debe acordarse y especificarse en el certificado.
- Nota al pie b: Si 0.10—0.40% es una opción acordada para el control de óxidos específicos, no sustituye el límite superior por defecto Si.
- Nota al pie c: P 0.06—0.11% o ≤0.05% requiere acuerdo de pedido y cotización; los valores por defecto de la tabla original no se reescriben automáticamente.
Requisitos condicionales
- Nota al pie
- Límites informativos
- Descripción de las condiciones del texto original
- Se ha verificado la tabla original del anexo informativo y se presenta solo como referencia. La cláusula 7.1.2 del texto principal exige determinar la composición química conforme a la norma citada; la composición normativa y la edición aplicable siguen pendientes de verificación. No debe utilizarse como garantía de suministro, criterio de búsqueda inversa ni base de carbono equivalente a partir de límites normativos. Referencia del texto principal: EN ISO 683-4 (referencia sin fecha; edición aplicable pendiente de verificación).
- Nota al pie
- Condición de la tabla original 1
- Descripción de las condiciones del texto original
- Los elementos no enumerados no deben añadirse intencionadamente sin el consentimiento del comprador; la adición de Ca/Se/Te y similares para mejorar la maquinabilidad debe acordarse y especificarse en el certificado.
- Nota al pie
- Condición de la tabla original 2
- Descripción de las condiciones del texto original
- Nota al pie b: Si 0.10—0.40% es una opción acordada para el control de óxidos específicos, no sustituye el límite superior por defecto Si.
- Nota al pie
- Condición de la tabla original 3
- Descripción de las condiciones del texto original
- Nota al pie c: P 0.06—0.11% o ≤0.05% requiere acuerdo de pedido y cotización; los valores por defecto de la tabla original no se reescriben automáticamente.